Rodríguez Veve presenta proyecto de ley para llenar vacío que dejó la aprobación del nuevo Código Civil

La senadora Joanne Rodríguez Veve, presentó un proyecto de ley para atender el vacío que dejó la eliminación del Artículo 1476 del antiguo Código Civil atinente a la terminación sin justa causa de empleados temporeros o a término fijo.

9 de febrero de 2021, San Juan– El proyecto de ley presentado por la senadora Rodríguez V eve pretende establecer parámetros claros para los patronos y empleados contratados a término fijo o temporero ante la eliminación del Artículo 1476 del antiguo Código Civil de Puerto Rico. Este Artículo disponía que los “trabajadores asalariados por cierto término o para cierta obra no pueden despedirse ni ser despedidos antes del incumplimiento del contrato, sin justa causa.” Al no sustituirse dicho artículo en el nuevo Código Civil, se dejó abierto a interpretación jurisprudencial no tan solo las causales válidas para la terminación de estos empleos, sino también el posible remedio a otorgarse por una terminación sin justa causa.

Con la “Ley de Remedio Exclusivo Por Despido Sin Justa Causa de Empleados Temporeros o Contratados a Término Fijo”, se le provee a este tipo de empleados un remedio expreso que actualmente no está contenido en la Ley Núm. 80 de 30 de junio de 1976 y en el actual Código Civil. Además, esta Ley hace que lo contenido en la Exposición de Motivos de la Ley Núm. 3 de 24 de febrero de 1988, respecto al derecho de los empleados temporeros o contratados a término fijo de no ser despedidos sin justa causa, sea incorporado formalmente como parte de la ley conocida comúnmente como la “Ley de Despido Sin Justa Causa”.

Por otra parte, esta ley también pretende beneficiar al patrono al darle certeza del costo que conllevaría despedir a este tipo de empleado sin justa causa, tal y como ocurre con los empleados contratados sin término.

“Por ende, la presente Ley, más allá llenar un vacío causado por la aprobación del nuevo Código Civil, es una manera de establecer los parámetros y condiciones para el despido sin justa causa de aquellos empleados que sean temporeros o contratados a término fijo, esto, en beneficio tanto del empleado como del patrono”, señaló la senadora Rodríguez Veve.

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