El P. del S. 314 enmienda la “Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública” para hacerla más accesible a todos los ciudadanos.
San Juan, Puerto Rico – La Ley 141-2019, conocida como Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública, fue creada con el propósito primordial de promover el derecho fundamental al acceso a la información pública a través de procedimientos sencillos y accesibles a los ciudadanos.
Sin embargo, a pesar de las buenas intenciones de la Ley 141-2019, muchas veces sus propósitos se ven frustrados por los obstáculos de acceso a la justicia establecidos en la propia ley. En su Artículo 9, dicha ley dispone que el Recurso Especial de Acceso a la Información Pública allí establecido tiene que ser presentado ante la sala del Tribunal de Primera Instancia de la Región Judicial de San Juan, lo que hace inaccesible y costoso el proceso para muchos ciudadanos del resto de la Isla.
“Es por esto que, mediante el P. del S. 314, propongo enmendar la Ley 141-2019 para que los ciudadanos que viven fuera de la región judicial de San Juan también puedan presentar el Recurso Especial de Acceso a Información Pública en los tribunales de primera instancia de las regiones judiciales donde residen. De esta manera, el proceso expedito establecido en la Ley quedaría dentro del alcance de todos”,
explicó la senadora Rodríguez Veve.
Ante la fuerte política pública de facilitar el acceso a la justicia de nuestros ciudadanos, de promover la transparencia en la gestión gubernamental y el acceso a la información pública, la senadora Joanne Rodríguez Veve señaló que es preciso que cualquier ciudadano que necesite utilizar el Recurso Especial de Acceso a Información Pública establecido en la “Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública”, así pueda hacerlo en un tribunal de fácil acceso.